El Decreto Supremo N° 44, promulgado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social de Chile, representa un hito fundamental en la evolución de la seguridad y salud laboral en el país. Su implementación busca establecer un marco normativo actualizado y robusto, que promueva una gestión preventiva más eficaz y estructurada en los entornos de trabajo. Este decreto, refuerza la responsabilidad de los empleadores en la creación de espacios laborales seguros y saludables, y exige la adopción de medidas que garanticen la protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales.
La relevancia del Decreto Supremo N° 44 radica en su enfoque preventivo, que busca anticiparse a los accidentes y enfermedades profesionales, en lugar de reaccionar ante ellos. Además, fomenta la participación de los trabajadores en la identificación y control de los riesgos, y promueve la igualdad de género en la gestión de la seguridad y salud laboral. La implementación de este decreto requerirá un esfuerzo conjunto de empleadores, trabajadores y autoridades, con el fin de construir una cultura de prevención que beneficie a toda la sociedad chilena.
Nuestra metodología se estructura en tres etapas fundamentales, diseñadas para asegurar una transición efectiva y sostenible hacia un entorno laboral más seguro y saludable.
DUCUM se basa en las mejores prácticas internacionales y cuenta con profesionales de excelencia, con gran experiencia, capacitados y acreditados en el área de Gestión de Riesgos, y sus normas aplicables ISO 45001:2018 “Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo”, Decreto Supremo N°44 “Reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable”, Decreto Supremo N°594 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”, Resolución N°129 Exenta “Guía para la elaboración de mapas de riesgos laborales al interior de las entidades empleadoras”, LeyN°20.123 “Regula trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios” y Protocolos del MINSAL.